- Conmutaron parcialmente la condena inicial a cuatro años de cárcel
- La Audiencia de Barcelona alega, sin embargo, su 'peligrosidad social'
Cuatro agentes de los Mossos d'Esquadra irán a la cárcel por torturar
en la comisaría de Les Corts de Barcelona a un ciudadano rumano al que
habían detenido por error en 2006, pues la Audiencia de Barcelona ha
desestimado sus recursos con los que trataban de evitar el ingreso.
Se trata de los policías autonómicos Manuel F., Joan S., Jordi P. y
Fernando C., a los que el Gobierno indultó parcialmente en febrero,
cuando conmutó todas las penas impuestas por una única de dos años de
cárcel y suspensión de sus cargos.
Pese a que esta condena de dos años y la falta de antecedentes podría
hacer que esquivasen la prisión, la Sala Novena de la Audiencia ha
ratificado su ingreso por la gravedad de la conducta y el hecho de que
sean miembros de un cuerpo policial, que por mandato constitucional
deben proteger al ciudadano.
"Existen razones de prevención general y especial, de peligrosidad criminal, de repulsa y alarma social
(...) que justifican el ingreso en prisión, para cumplir la pena
impuesta, aunque la misma no exceda de los dos años", explicaba el auto
sobre el que ahora se ha ratificado la Audiencia.
Los agentes detuvieron por error a un ciudadano rumano el 27 de julio
del 2006 en Barcelona y le golpearon mientras estuvo detenido en la
comisaría de Les Corts de los Mossos d'Esquadra.
Apoyos al indulto
El Gobierno los indultó a partir de la información sobre los hechos
aportada por el Ministerio del Interior y la Generalitat, el curriculum
de los acusados, la cantidad de apoyos y adhesiones que solicitaban el
indulto y la existencia de una petición por parte del propio afectado.
En un principio, a Manuel F. y a Joan S., la Audiencia de Barcelona
--y confirmó después el TSJC-- les había impuesto cuatro años y seis
meses por un delito de torturas y otro de lesiones, aunque el Gobierno
redujo la pena a dos años.
A Jordi P., además de los delitos que también le impuso a los dos
anteriores, le acusaba otro contra la inviolabilidad del domicilio y la
misma pena: cuatro años y seis meses que se quedaron en dos.
Fernando C., acusado de un delito contra la integridad moral, uno de
falta de lesiones, de detención ilegal y otro de maltrato sin causar
lesión, el juez le había condenado a dos años y tres meses de cárcel,
pero el Consejo de Ministros lo dejó también en dos.
Font: El Mundo, 05/07/2012
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